¿QUE SE NECESITA PARA REALIZAR ACTIVIDADES EMPRESARIALES EN

BARES,ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES, RESTAURANTES, TIENDAS, OFICINAS …?

La licencia de apertura es un requisito indispensable para abrir cualquier tipo de negocio dentro del estado español. Es por esto que en el post de hoy el equipo técnico de Seringval nos centramos en explicar en que consiste una licencia de apertura y que tipologías de autorizaciones y permisos existen.

ACTIVIDADES INOCUAS O NO CALIFICADAS

Se le exige la Comunicación de actividades inocuas a aquellas actividades que no tengan ninguna incidencia ambiental y cumplan conforme la ley 6/2014 todas las prescripciones establecidas en el anexo II de dicha ley.

Los límites que no deberá superar la actividad para que se le realice una actividad inocua y no una declaración responsable ambiental son:

    • Sonoridad máxima permitida según anexo II de la ley 6/2014.
    • Potencia de equipos instalados según anexo II de la ley 6/2014.
    • Aires y humos según anexo II de la ley 6/2014.
    • Contaminación atmosférica según anexo II de la ley 6/2014.
    • Vertidos de agua residual según anexo II de la ley 6/2014.
    • Incendios según anexo II de la ley 6/2014.
    • Manipulación de sustancias peligrosas según anexo II de la ley 6/2014.

Se diferenciará entre declaración responsable ambiental y comunicación de actividades inocuas, ya que cada una tiene unas premisas a cumplir según normativa. Por eso desde esta noticia os animamos a consultar que requisitos serán necesarios para abrir la actividad que se desee realizar.

Las englobadas dentro de actividades inocuas mas comunes son:

      • Oficinas, gestorías, despachos…
      • Tiendas de ropa.
      • Peluquerías.
      • Academias de enseñanza.
      • Fruterías
      • Ventas de pan y repostería
      • Inmobiliarias
      • Estancos
      • Ferreterías

 

 

ACTIVIDADES CALIFICADAS

Son todas aquellas actividades que están sujetas a una evaluación ambiental, diferenciándose entre 3 tipologías:

  1. Declaración responsable ambiental
  2. Licencia ambiental
  3. Autorización ambiental integrada

 

 

DECLARACIÓN RESPONSABLE AMBIENTAL

Este trámite es el que se le exige a las actividades de poca influencia ambiental.  En esta declaración responsable, el propietario declara bajo su responsabilidad que cumple con los requisitos que establece la normativa ambiental para la actividad objeto de proyecto. 

En este caso de declaración, el propietario indica que la actividad que va a realizar no se encuentra integrada dentro de las actividades englobadas en primer lugar en el grupo de licencia ambiental y en segundo lugar en las actividades que engloba la autorización ambiental integrada.

¿Para qué establecimientos es imprescindible la declaración responsable ambiental?

Siempre que los establecimientos sobrepasen alguno de los siguientes límites marcados en la normativa:

    • Sonoridad máxima permitida según anexo II de la ley 6/2014.
    • Potencia de equipos instalados según anexo II de la ley 6/2014.
    • Aires y humos según anexo II de la ley 6/2014.
    • Contaminación atmosférica según anexo II de la ley 6/2014.
    • Vertidos de agua residual según anexo II de la ley 6/2014.
    • Incendios según anexo II de la ley 6/2014.
    • Manipulación de sustancias peligrosas según anexo II de la ley 6/2014.

¿Qué es necesario para tramitar la declaración responsable?

LICENCIA AMBIENTAL

La licencia ambiental se pide para actividades que tengan cierta influencia ambiental, ya sean de carácter público o privado.

¿Para qué establecimientos es prescindible la licencia ambiental?

Según la ley 6/2014 los establecimientos que necesitan de licencia de ambiental son:

    • Industrias destinadas a la Producción de energías (Parques eólicos, gasolineras, instalaciones de producción por biomasa…)
    • Producción y transformación de metales, Industrias minerales, industrias químicas (Talleres metálicos, plantas de galvanizado, plantas de forjado, cementeras…)
    • Gestión de residuos.
    • Industrias de papel, cartón, corcho, madera, y muebles.
    • Industria textil.
    • Industrias ganaderas y explotaciones ganaderas. (Mataderos, crías, acuicultura intensiva…)
    • Grandes almacenes. (Almacenes comerciales con superficies mayores de 2500m2)
    • Actividades de uso hospitalario. (Clínicas, hospitales …)
    • Sector hotelero y hostelero.
    • Pubs, locales de recreativos…

¿Que debe contener una licencia ambiental?

 

AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA

La autorización ambiental integrada se exige cuando se desea realizar actividades con un nivel alto de contaminación. Las actividades que se engloban dentro de esta autorización dentro de la Comunitat Valenciana, se enuncian en el Anexo I de la ley 6/2014 sobre la regulación de apertura de actividades en la Comunitat Valenciana.

 

Si el proyecto que deseas llevar a cabo se encuentra enmarcado en los anteriores temas no dudes en contactarnos. Te orientaremos y ayudaremos a conseguirlo.